lunes, 9 de octubre de 2017

Ejemplo de Ayuda o inducción al suicidio.

Lic. Maricela Patiño Pérez
Docente en Línea
Universidad Abierta y a Distancia
De México

Rosa Mónica Grave Espinoza
Alumna de la Lic. En Derecho

Actividad 3
La legislación penal de nuestra localidad, en la tutela de la vida humana.
Unidad 3
Delitos en particular
Sesión 5
Delitos contra la vida, salud, integridad corporal,
Libertad reproductiva y personal
Modulo 5
Fundamentos del delito y los
Delitos en particular


La presente actividad tiene como objetivo principal conocer y distinguir entre lo que es un suicidio, ayuda o inducción al suicidio.

            Cuando un individuo por su propia voluntad se quita la vida es suicidio y no hay a quien juzgar, pero cuando una persona auxilia a otra a llevar a cabo privarse de la vida así sea  la voluntad de quien lo solicita, esa acción si está tipificada como delito y es causa de pena, aunque solo se proporcione los elementos (pastillas, veneno, y otros) así como también el hecho de que se incite o induzca al sujeto a quitarse la vida y se compruebe será delito tal cual estipulado como homicidio en nuestra legislación penal local y federal.

            El auxilio al suicidio muchos lo relacionan con la eutanasia que es la muerte provocada, o muerte digna, la cual puede ser activa o voluntaria cuando lo solicita la persona que sufre de  dolor a causa de  una enfermedad terminal o incurable, e involuntaria se  da a petición de la familia aunque no exista voluntad del enfermo como por ejemplos los enfermos de muerte cerebral que la familia autoriza lo desconecten del respirador artificial y pasiva  cuando el paciente se niega a tomar o realizar algún tratamiento para alargar un poco  su vida.

            Una vez diferenciada cada una analizaremos un ejemplo de un caso ocurrido en E.U.A. (En el Estado de Sinaloa no ha ocurrido ninguno de esta índole o al menos no ha sido publico)

  
Delito de inducción al Suicidio

Ejemplo de Internet
Massachusetts .- Un juez de Massachusetts sentenció el jueves a una joven de 20 años a 15 meses de prisión por alentar a su depresivo novio a suicidarse en mensajes de texto y llamadas telefónicas.

"Vas a ir al cielo. No más dolor. Está bien tener miedo y es normal, digo, estás a punto de morir".

El juez de la corte juvenil de Taunton (Massachusetts, noreste) Lawrence Moniz otorgó a Michelle Carter una pena de dos años y medio: 15 meses en una cárcel y el resto en libertad condicional.

Moniz condenó a Carter en junio por el homicidio involuntario de Conrad Roy, su novio de 18 años, que murió en julio de 2014 intoxicado con monóxido de carbono en su camioneta.
Al comunicar su sentencia, el juez Moniz dijo el jueves que era importante equilibrar la rehabilitación de la joven con el castigo por la muerte de Roy.

Carter escuchó la sentencia con la cabeza gacha y las manos estrechadas al frente. Vestía un pantalón rojo y una blusa blanca.

Cuando el adolescente comenzó a intoxicarse salió de la camioneta, pero Carter le envió un texto ordenándole que volviera a meterse dentro. “Vuelve al coche. Hazlo y punto”. Fue hallado muerto al día siguiente.

En los meses previos, Carter y Roy habían intercambiado cientos de mensajes de texto en los que la joven le urgía a cumplir su plan de suicidarse, y le pedía que lo escondiera de sus padres, que le mintiera a su madre y eligiese un estacionamiento poco concurrido.

El caso fue juzgado en una corte juvenil porque cuando Roy murió Carter tenía 17 años.

El padre de Roy, Conrad Roy Junior, dijo a la corte que tenía el corazón destrozado por la muerte de su hijo y acusó a Carter de aprovechar la lucha del joven con la depresión para su propio bienestar.

“¿Cómo pudo Michelle Carter comportarse de manera tan despiadada y alentar a mi hijo a poner fin a su vida? ¿Dónde estaba su humanidad? ¿En qué mundo es esto aceptable?”, preguntó.

“Rezo para que su muerte salve vidas un día”, dijo por su lado la madre del joven, en un comunicado leído por la fiscalía.

“Rezo para que tengamos una ley para que otra madre no tenga que soportar lo que yo he soportado”, añadió.

En Estados Unidos ningún estado tiene una ley que castigue el alentar a alguien a suicidarse.
Expertos legales han cuestionado si las palabras pronunciadas por alguien bastan para condenar a esa persona por homicidio involuntario. El suicidio es en general considerado como la voluntad de la persona que lo comete.

La fiscalía pedía una sentencia de siete a 12 años, y acusaba a Carter de llevar a cabo “una campaña deliberada y bien pensada” para provocar la muerte de Roy en un intento por captar la simpatía y la atención de otras jovencitas. (Debate, El Debate, 2017)






Entidad Federativa: Sinaloa
Código Penal del Estado de Sinaloa
Homicidio
Artículo 133. Comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro.

Artículo del Código Penal local que aborda el delito.
CAPÍTULO IV
INSTIGACIÓN O AYUDA AL SUICIDIO

Artículo 151. Al que  instigue o ayude a otro para que  se  suicide,  se  le  impondrá prisión de uno a ocho años, si el suicidio se consumare.
 Si el suicidio no se consuma  la prisión será de  tres meses a cuatro años, pero si se causan lesiones se aplicarán de seis meses a seis años de prisión.
 Cuando  la persona a quien se  instigue o ayude al suicidio  fuere menor de edad o no tuviere capacidad de comprender  la  relevancia de su conducta o de determinarse de acuerdo a esa comprensión, las penas previstas en este artículo se aumentarán hasta en una mitad más.
Sujetos: Sujeto Activo y pasivo, en donde el sujeto activo es quien induce o alienta a que el sujeto pasivo comete el suicidio.
Objetos: Es material, ya que el sujeto pasivo es el que se priva de la vida por  la conducta del sujeto activo que es el que lo ínsita o induce a privarse del bien jurídico tutelado.
Clasificación del tipo penal
Conducta.-  Es por Acción, ya que existe la voluntad del sujeto activo de instigar al sujeto pasivo a terminar con su vida.
Daño: Es por daño o lesión, por  la conducta del sujeto activo afecta directamente el bien jurídico tutelado del sujeto pasivo como es la vida.
Resultado: Es material, ya que el sujeto activo con su conducta tiene una consecuencia  jurídica
Intencionalidad: Es doloso ya  que la voluntad del sujeto activo que el sujeto pasivo termine con su vida.
Estructura: Es simple, por haberse afectado la vida
Numero de sujetos: Unisubjetivo,  
Numero de actos: Unisubsistente
Duración: Instantáneo,
Procedencia: Es de Oficio
Materia: De fuero Común
Ordenación metodológica: Son básicos o fundamentales
Composición: Es normal,
Autonomía: Es autónomo
Formulación: Son amplios
Descripción de sus elementos: Es descriptivo


De acuerdo al Código Local

Conducta típica: Esta especificada en el código penal que dice:
Al que  instigue o ayude a otro para que  se  suicide  y Cuando  la persona a quien se  instigue o ayude al suicidio  fuere menor de edad o no tuviere capacidad de comprender  la  relevancia de su conducta o de determinarse de acuerdo a esa comprensión,

Formas de ejecución y resultado típico: Se  le  impondrá prisión de uno a ocho años, si el suicidio se consumare.

 Si el suicidio no se consuma  la prisión será de  tres meses a cuatro años, pero si se causan lesiones se aplicarán de seis meses a seis años de prisión.

 Cuando  la persona a quien se  instigue o ayude al suicidio  fuere menor de edad o no tuviere capacidad de comprender  la  relevancia de su conducta o de determinarse de acuerdo a esa comprensión, las penas previstas en este artículo se aumentarán hasta en una mitad más.

Nexo causal.- la causa fue la instigación o el alentar a efectuar el suicido del sujeto pasivo.

Antijuricidad.- El haber alentado de manera dolosa a que se suicidara

Causas de justificación: No existe causa de justificación alguna en este tipo de hecho descrita por el legislador.

Agravantes: Dependen de la edad o la capacidad mental del sujeto pasivo

Atenuantes: No existen atenuantes por ser delito doloso.

En conclusión el  Ayudar o Inducir a un individuo al suicido está tipificado como delito de homicidio en nuestra legislación penal, en donde interviene un sujeto activo y un pasivo, es de objeto material por afectar un bien jurídico tutelado como es la vida, es de acción, de daño, material, doloso, simple, Unisubjetivos, Unisubsistente, instantáneo, de oficio, de fuero común, básico o fundamental, normal, autónomo, amplio y descriptivo.

           

Nota: Se tomó un ejemplo de otro país, ya que existe similitud en dicha acción que contempla  nuestra Ley penal, por no encontrar ningún caso del tema que se escogió el estado de Sinaloa.



Fuentes de Consulta

Mesografía
Debate, E. (09 de 09 de 2016). El Debate. Recuperado el 08 de 10 de 2017, de Encuentran joven sin vida en centro de rehabilitación: https://www.debate.com.mx/mazatlan/Encuentran-joven-sin-vida-en-centro-de-rehabilitacion-20160709-0081.html
Debate, E. (04 de 08 de 2017). El Debate. Recuperado el 08 de 10 de 2017, de Michelle alentó a su novio a suicidarse: Expertos legales han cuestionado si las palabras pronunciadas por alguien bastan para condenar a esa persona por homicidio involuntario. El suicidio es en general considerado como la voluntad de la persona que lo comete.
debate, E. (06 de 09 de 2017). Ramón Verdin. Recuperado el 08 de 10 de 2017, de 75 suicidios en lo que va del año en Sinaloa: https://www.debate.com.mx/losmochis/75-suicidios-en-lo-que-va-del-ano-en-Sinaloa-20170906-0055.html
Debate, E. (22 de 09 de 2016). Revivir a personas con muerte cerebral cada vez más cerca. Recuperado el 08 de 10 de 2017, de Cientificos buscan métodos para reanimar al cerebro humano esto incluye inyección de neuronas: https://www.debate.com.mx/salud/Revivir-a-personas-con-muerte-cerebral-cada-vez-mas-cerca-20170904-0105.html
Español, N. e. (05 de 05 de 2016). Volver de la muerte cerebral. Recuperado el 08 de 10 de 2017, de Es posible que, durante años, hayamos diagnosticado a demasiados pacientes como en estado vegetativo, y que hayamos subestimado su capacidad de recuperar el conocimiento: http://www.noroeste.com.mx/publicaciones/view/volver-de-la-muerte-cerebral-1024170
noticias, m. (16 de 06 de 2017). Jovén de Mazatlán dona organos para seis personas; primer caso en Sinaloa. Recuperado el 08 de 10 de 2017, de http://www.msn.com/es-mx/noticias/mexico/joven-de-mazatl%C3%A1n-dona-%C3%B3rganos-para-seis-personas-primer-caso-en-sinaloa-plusfotos/ar-BBCGws5


1 comentario:

  1. la verdad ante la voluntad de las personas no se puede luchar, solo, tal vez cambiar el resultado

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