miércoles, 11 de octubre de 2017

Delito de Robo a mano armada


Lic. Maricela Patiño Pérez
Docente en Línea
Universidad Abierta y a Distancia
De México

Rosa Mónica Grave Espinoza
Alumna de la Lic. En Derecho

Actividad 1
Sobre los delitos contra el patrimonio

Unidad 3
Delitos en particular

Sesión 6
Delitos contra la libertad y seguridad sexual, el
Desarrollo Psicosexual, la armonía familiar y los
Bienes de la persona.


Modulo 5
Fundamentos del delito y los
Delitos en particular


        La presente actividad tiene como objetivo principal que el futuro abogado aplique lo aprendido en el Modulo 5, ya que el tema de delitos y sus elementos de tipo y la clasificación penal se ha venido ejemplificando con diferentes delitos contemplados en la norma jurídica.

Ejemplo:

Roban un taxi en Escuinapa y es detenido en Mazatlán 
MAZATLÁN.- Un taxi que fue despojado a mano armada en el municipio de Escuinapa, fue recuperado en la colonia Francisco I. Madero de este puerto, luego de que chocara contra otros vehículos al intentar escapar de agentes municipales.
Informes policiacos indican que fue por la mañana de hoy que un auto Nissan, Tiida acondicionado como taxi, del sitio Loma Linda de Escuinapa, fue despojado al sur de la llamada “Perla Camaronera”, por un hombre que se hizo pasar como productor de mango.
Fue en la salida sur de Escuinapa donde el hombre despojó de su unidad al trabajador del volante, a quien además lo despojó de su celular y emprendió la huida por la carretera México 15.
A las 17:00 horas agentes municipales de Mazatlán fueron notificados sobre un taxi que ingresaba al puerto por el sur de la ciudad, y que se trataba de la unidad que había sido reportada como robada en Escuinapa.
Al circular por la avenida Pino Suárez, los municipales ubicaron el vehículo y le marcaron el alto, pero el conductor de la unidad aceleró la marcha para tratar de escapar, y en su huida chocó contra un vehículo, por lo que resultó lesionado y fue detenido por los uniformados.
En el lugar trascendió que los agentes realizaron disparos al aire para que el conductor del taxi detuviera la marcha.
Tras ser detenido, el hombre, de quien no se proporcionaron datos, fue canalizado ante las autoridades ministeriales que investigarán el caso (Noroeste, 2017)

Código Penal del Estado de Sinaloa

CAPÍTULO II
LESIONES
Artículo 135. Comete el delito de lesiones el que infiera a otro un daño que deje en su cuerpo un vestigio o altere su salud física o mental.
Artículo 136. Al responsable del delito de lesiones se le impondrá:
I.  De  tres a cinco meses de prisión o de diez a treinta días multa, si tardan en sanar hasta quince días;

TÍTULO DÉCIMO
DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO

CAPÍTULO I
ROBO

 ARTÍCULO  201.  Comete  el  delito  de  robo,  el  que  se  apodera  de  una  cosa  ajena mueble,  sin  derecho  y  sin  consentimiento  de  la  persona  que  pueda  disponer de ella con arreglo a la ley.
 ARTÍCULO 202. Para la aplicación de la sanción se dará por consumado el robo desde el  momento  en  que  el  ladrón  tiene  en  su  poder  la  cosa  robada,  aún  cuando  la abandone o lo desapoderen de ella.
 ARTÍCULO  203.  Cuando  el  valor  de  lo  robado  sea: (Ref.  Por Decreto  número  593, publicado en el P. O. No. 126 del 21 de octubre de 1998).
 I.  Mayor  de  veinte  y menor  de  cincuenta  veces  el  valor  diario  de  la  Unidad  de Medida y Actualización o no sea posible determinar su valor, se impondrá prisión de tres meses a dos años y de cuarenta a cien veces multa.
  La pena prevista en esta  fracción se aplicará aún cuando el valor de  lo  robado no  sea  mayor  de  veinte  veces  el  valor  diario  de  la  Unidad  de  Medida  y Actualización si el  robo se  realiza en alguno de  los supuestos previstos en  los artículos 204 y 205.   (Ref. Por Decreto No. 58, publicado en el P.O. No. 158 del 28 de diciembre de 2016).
 II.  De  cincuenta  a  doscientas  cincuenta  veces  el  valor  diario  de  la  Unidad  de Medida  y  Actualización,  se  impondrá  prisión  de  seis meses  a  tres  años  y  de cuarenta  a  doscientas  veces multa;  (Ref. Por Decreto No.  58,  publicado en el P.O. No. 158 del 28 de diciembre de 2016).
 III.  De  doscientos  cincuenta  a  setecientas  cincuenta  veces  el  valor  diario  de  la Unidad de Medida y Actualización, se impondrá prisión de uno a seis años y de ochenta a  trescientas veces multa; y  (Ref. Por Decreto No. 58, publicado en el P.O. No. 158 del 28 de diciembre de 2016).
 IV.  Mayor de setencientas cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y  Actualización,  se  impondrá  prisión  de  dos  a  ocho  años  y  de  ciento  ochenta  a cuatrocientas veces multa.  (Ref. Por Decreto No. 58, publicado en el P.O. No. 158 del 28 de diciembre de 2016).
 En los casos de las fracciones I y II, si fuere la primera vez que delinque el inculpado, la autoridad judicial podrá discrecionalmente imponerle cualquiera de esas sanciones o ambas. (Ref. por Decreto número 593, publicado en el P. O. No. 126 del 21 de octubre de 1998).
Artículo 204. Las penas previstas en el artículo anterior, se aumentarán hasta tres cuartas partes más, si el robo se realiza:
 I.  Acometiendo  a  la  víctima  en  un  vehículo  particular  o  de  transporte público;
Artículo 205. A las penas previstas en los dos artículos anteriores, se aumentará de dos a diez años de prisión, si el robo se realiza:  
I.  Con violencia contra las personas o cuando se ejerza para proporcionarse la fuga o defender lo robado;
III.  Mediante  la  portación  o  el  uso  de  armas  o  cualquier  otro  objeto  que puedan intimidar a la víctima.
Artículo  206.  El  agravamiento  de  las  penas  contenido  en  los  dos  artículos anteriores,  también se aplicará  tratándose de  robo  indeterminado y  robo en grado de tentativa.

Sujetos: Sujeto activo el delincuente, sujeto pasivo el afectado.
Objetos: Objeto material el vehículo,
Objeto jurídico: El patrimonio y la vida.

Clasificación del tipo penal
Clasificación
Tipo
Justificación
Por la Conducta
Acción
El delito de robo cometido contra un vehículo al servicio público y al chofer su celular, es un hecho pensado “Comete  el  delito  de  robo,  el  que  se  apodera  de  una  cosa  ajena mueble,  sin  derecho  y  sin  consentimiento  de  la  persona  que  pueda  disponer de ella con arreglo a la ley”
Por el Daño
Lesión y Peligro efectivo
El sujeto activo lesiono con su acción, el  patrimonio del propietario y también puso en peligro efectivo al sujeto pasivo su bien jurídico tutelado como es la vida, ya que fue amenazado con arma de fuego
Por el resultado
Resultado material y Formal
El material y formal ya que fue despojado de su vehículo con un arma de fuego.
Por la intencionalidad
Doloso intencional
Existe la intención de cometer el delito de Robo
Por la estructura
Simple y complejo
Por haber cometido robo contra un vehículo al servicio público y a mano armada (son dos delitos tipificados como graves)
Por el número de sujetos
Unisubjetivo
Solo fue el sujeto activo,
Por números de actos
Unisubsistente
El sujeto activo realizó el robo del vehículo, del celular
Por su duración
Instantáneo
En el momento de realizar el  robo se configuran los elementos del delito
Por la procedencia
De oficio y Querella
La portación de arma de fuego es un delito que se sigue de oficio y por querella el legítimo propietario del vehículo tendrá que realizar la denuncia del robo del vehículo y del celular del chofer.
Por la materia
Fuero común
Este delito, está contemplado en el Código Penal de Sinaloa
Por la ordenación metodológica
Básico
Se agrava por haberse realizado el robo con a mano armada, y haber chocado contra otro vehículo todavía contra otro vehículo sumándose más delitos al ya cometido.
Por la composición
Normal
Por los elementos objetivos de la conducta de sujeto activo
Por la autonomía
Autónomo
El delito nace por sí mismo, independientemente de la circunstancias
Por la formulación
Casuístico alternativo
Basto una de las alternativas que marca la norma penal como es: Comete  el  delito  de  robo,  el  que  se  apodera  de  una  cosa  ajena mueble,  sin  derecho  y  sin  consentimiento  de  la  persona  que  pueda  disponer de ella con arreglo a la ley
Por la descripción de sus elementos
Normativo
Comete  el  delito  de  robo,  el  que  se  apodera  de  una  cosa  ajena mueble,  sin  derecho  y  sin  consentimiento  de  la  persona  que  pueda  disponer de ella con arreglo a la ley.

De acuerdo al Código Penal del Estado de Sinaloa

Descripción
Justificación
Conducta Típica
Comete  el  delito  de  robo,  el  que  se  apodera  de  una  cosa  ajena mueble,  sin  derecho  y  sin  consentimiento  de  la  persona  que  pueda  disponer de ella con arreglo a la ley.
Forma de ejecución y resultado típico
A las penas previstas en los dos artículos anteriores, se aumentará de dos a diez años de prisión, si el robo se realiza:  
I.  Con violencia contra las personas o cuando se ejerza para proporcionarse la fuga o defender lo robado;
III.  Mediante  la  portación  o  el  uso  de  armas  o  cualquier  otro  objeto  que puedan intimidar a la víctima.
Nexo casual
La acción del sujeto activo de robar y portar arma de fuego trajo como consecuencia el daño al patrimonio y puso en peligro la vida del sujeto pasivo
Antijuridicidad
.Es un acto antijurídico por haber transgredido las normas jurídicas del Estado de Sinaloa.
Causas de Justificación
No existen causas de justificación para el delito de robo y portación de arma de fuego contempladas en el Código Penal del Estado de Sinaloa
Agravantes
El código Penal en Sinaloa contempla conductas adicionales de mayor gravedad, como las descritas en los artículos 201, 204 y 205
Atenuantes
No existen atenuantes para este delito contemplados en la legislación Penal del Estado de Sinaloa.

            En Conclusión el hablar  de la Conducta antisocial que se desprende del sujeto activo contra un sujeto pasivo, en donde se ve afectado el bien jurídico tutelado como es la vida, el patrimonio y otros;  con una acción realizada por un delincuente se vulnera la norma jurídica en donde no nada mas puede ser un delito sino se desprenden varios delitos, que pueden ser dolosos o culposos, así como con atenuantes o agravantes.
Fuentes de consulta
Mesografía
Noroeste, P. (30 de 06 de 2017). Roba un taxi en Escuinapa y es detenido en Mazatlán. Recuperado el 11 de 10 de 2017, de http://www.noroeste.com.mx/publicaciones/view/roba-un-taxi-en-escuinapa-y-es-detenido-en-mazatlan-1089506
Legislación
Código Penal del Estado de Sinaloa

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