jueves, 22 de febrero de 2018

Órganos Reguladores en la Responsabilidad Administrativa de los Servicios Públicos


Órganos Reguladores en la Responsabilidad Administrativa de los Servicios Públicos 

Organigrama del Órgano regulador en la Responsabilidad Administrativa de los Servidores Públicos
Secretaría de la Función Pública
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Artículo 37. A la Secretaría de la Función Pública corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

III. Vigilar, en colaboración con las autoridades que integren el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, el cumplimiento de las normas de control interno y fiscalización, así como asesorar y apoyar a los órganos internos de control de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

IV. Coordinar y supervisar el sistema de control interno, establecer las bases generales para la realización de auditorías internas, transversales y externas; expedir las normas que regulen los instrumentos y procedimientos en dichas materias en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y en la Procuraduría General de la República, así como realizar las auditorías que se requieran en éstas, en sustitución o apoyo de sus propios órganos internos de control;

Organigrama de la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas del Estado de Sinaloa


Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa

Artículo 20. Las Secretarías tendrán igual rango y entre ellas no habrá relación de jerarquía.

Artículo 21. Al frente de cada Secretaría habrá un Secretario, quien, para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará por él o los Subsecretarios, Directores Generales, Directores, Subdirectores, Jefes y Sub-Jefes de Departamento y por los demás funcionarios que establezca el Reglamento Interior respectivo y otras disposiciones legales.

Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa

Artículo 1°. - La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar las disposiciones contenidas en el Título VI de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, en materia de:

I.                 Los sujetos de responsabilidad administrativa en el servicio público estatal y municipal;
II.              Los deberes de los servidores públicos en la prestación de su servicio;
III.           Las responsabilidades y sanciones de naturaleza administrativa, disciplinaria y resarcitoria;
IV.           La competencia de las autoridades y procedimientos para la aplicación de sanciones;
V.             Y El registro patrimonial de los servidores públicos.

Organigrama de la Sindicatura Procuraduría del Municipio de Escuinapa estado de Sinaloa
Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa

Artículo 39. El síndico procurador tendrá a su cargo la función de contraloría interna y la procuración de la defensa de los intereses del ayuntamiento, y tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

IV. Vigilar que la recaudación fiscal, los procedimientos administrativos y el ejercicio de los recursos, se realicen conforme a las disposiciones normativas aplicables en la materia, dictando las medidas preventivas de conformidad con lo dispuesto por la reglamentación interior o de gobierno;

Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de Escuinapa

Artículo 62.- El Síndico Procurador, tendrá por objeto el fungir como órgano de vigilancia y evaluación del desempeño de las distintas áreas del Ayuntamiento y para promover la productividad y eficiencia, a través de la implantación de sistemas de control interno, adecuado a las circunstancias, así como vigilar el cumplimiento de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa, por parte de los servidores públicos municipales.

¿En qué actos u omisiones puede incurrir un servidor público?

Quienes violenten los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficacia que rigen el Servicio Público (art. 7 LFRASP)

Cumplir el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión; (Art.8 Fracc. I)

¿En qué artículos se encuentra fundamentada su actuación?

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 108. Para los efectos de las responsabilidades a que alude este Título se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial de la Federación, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión o en la Administración Pública Federal, así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.

la Ley de Responsabilidades Administrativas del Servicio Público

Artículo 8.-
I.- Cumplir el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;

XII.- Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones, de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por interpósita persona, dinero, bienes muebles o inmuebles mediante enajenación en precio notoriamente inferior al que tenga en el mercado ordinario, donaciones, servicios, empleos, cargos o comisiones para sí, o para las personas a que se refiere la fracción XI de este artículo, que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público de que se trate en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y que implique intereses en conflicto. Esta prevención es aplicable hasta un año después de que se haya retirado del empleo, cargo o comisión.

Fuentes de Referencia:


Escuinapa, T. (22 de Febrero de 2018). Normatividad. Obtenido de https://transparencia.escuinapa.gob.mx/#/normatividad

Sinaloa, G. d. (22 de febrero de 2018). Secretaría de Transparencia y Rendición de cuentas. Obtenido de Organigrama: http://www.transparenciasinaloa.gob.mx/index.php?option=com_flexicontent&view=items&id=239&Itemid=367


Legislación:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa
la Ley de Responsabilidades Administrativas del Servicio Público
Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa
Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa
Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de Escuinapa

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