Lic. Maricela Patiño
Pérez
Docente
en Línea
Universidad
Abierta y a Distancia
De
México
Rosa Mónica Grave
Espinoza
Alumna
de la Lic. En Derecho
Actividad 3
Punibilidad
Unidad 2
Características
y elementos del delito
Sesión 4
Elementos
del Delito
Modulo 5
Fundamentos
del delito y los
Delitos
en particular
La
presente actividad a realizar tiene como objetivo especifico que el futuro
abogado tenga claro qué es la punibilidad, así como la importancia de su
exista, en donde el Estado es el único que tiene la facultad para imponer penas
o sanciones de las acciones que voluntaria o involuntariamente comete el sujeto
activo en contra de los sujetos, en donde el juzgador impondrá penas de manera
individual aunque el delito se haya cometido de manera grupal.
Punibilidad
Castellanos (1997) “La
punibilidad consiste en el merecimiento de una pena en función de la
realización de cierta conducta”
En
el tema de la pena se manejan tres términos:
·
Punción:
Determinación de la pena exacta al sujeto responsable por un delito concreto.
·
Pena.-
Restricción o privación de derechos impuestos al actor de un delito.
· Sanción.-
Castigo impuesto por haber quebrantado
una disposición legal no penal, principalmente en asuntos
administrativos, civiles o mercantiles.
La
punibilidad es un elemento del delito pero también una consecuencia del mismo.
La
pena varia en dos distintas posturas, una en donde solamente podrá ser aplicada
al individuo infractor de la ley penal, aplicándose exactamente a como está
escrita a como dice la norma jurídica sobre la conducta del que cometió el
ilícito; y dos es la interpretación a cada caso de los sujetos activos que
cometieron un ilícito, según las acciones realizadas, aunque sean de manera grupal el juzgador la
aplicara de manera individual.
Existen
tres principios de la pena para que el árbitro judicial la aplique que es el
principio de individualización de la pena, las circunstancias atenuantes y las
circunstancias agravantes.
Las
excusas absolutorias son las que señala el legislador, son importantes y
permiten que no sea punible el delito.
Pueden
existir la Temibilidad mínima, es cuando un individuo comete un ilícito que
no representa peligro para la sociedad; ejercicio
de un derecho, es cuando una persona tiene el derecho de realizar una
acción aunque en otras circunstancias seria delito; por culpa o imprudencia, cuando el sujeto por falta de precaución
comete un acto que en otras circunstancias seria un delito; Por no exigibilidad de otra conducta,
se genera por que la pena no señala una conducta contraria en circunstancias
diferentes; por innecesariedad de la
pena, es porque no es aplicable la pena por ser notorio el problema del
individuo como demencia senil o enfermedades mentales.
Una
vez analizado el tema anterior sobre la punibilidad del delito, se contestara
la siguiente pregunta:
¿Qué
beneficios con lleva la punibilidad del delito y su elemento negativo en la
aplicación de los criterios jurídicos para la impartición de justicia, así como
su aplicación para lograr gobernabilidad y la paz social?
Tiene demasiados beneficios
ya que la punibilidad es necesaria para cuidar y proteger los bienes jurídicos
tutelados del individuo, así como mantener el orden y respeto en la sociedad
salvaguardando los intereses sociales, en donde el Estado a través de la
“potestad punitiva” es el único facultado para imponer penas a los que cometen delitos, dependiendo
el tipo de acción y conducta del mismo.
Las penas se aplican de manera individual y no grupal,
dependiendo de las atenuantes o agravantes, en donde existe también la parte negativa de la pena como son las excusas
absolutorias, existen beneficios dentro de esta parte de las leyes ya que los legisladores buscaron que
fueran justas y siempre en beneficio del individuo y la sociedad, buscando
también proteger al desprotegido así como a
las personas mentalmente enfermas que cometen algún hecho ilícito sin
tener la menor idea de ello, o accidentes involuntarios que son considerados
delitos pero no serán merecedores de penal alguna.
Todo ello para beneficio de la paz social y vivir en
Estado de gobernabilidad respetando las Leyes que cuidan y protegen a nuestro
territorio y a sus individuos, en donde siempre debe prevalecer el orden y el
respeto entre los individuos.
En conclusión, el saber que
existen desde sanciones, apercibimientos y penas mínimas y máximas así como
reparación del daño, todo emanado de nuestra conducta y nuestro proceder como
responsables de nuestros actos cuando voluntariamente queremos realizarlos, así
como también saber que la ley protege a los que realizan actos involuntarios y
cometen ilícitos por error, se tiene la certeza jurídica de que nuestra
integridad se encuentra protegida por nuestras leyes y por nuestro Estado.
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