viernes, 8 de septiembre de 2017

historia del Derecho penal

DELITO
PERIODO, CULTURA, Y/O MOMENTO HISTÓRICO
MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA

SANCIÓN
LA JUSTIFICACIÓN QUE ESTA LEY OTORGABA
VIGENCIA EN EL DERECHO PENAL MEXICANO
El ataque injusto
Cultura babilónica
Ley del talión
Provocar al ofensor un daño similar al recibido.
Se establecía dicha ley, para indicar la existencia de un poder superior, fungiendo como moderador para limitar la intensidad de la venganza. Se establecía la sanción indicada, para que el responsable padeciera en carne propia el daño que había provocado a otro.
El sistema penal mexicano se establece como moderador, si bien no en la limitación de la venganza, sí en la impartición de justicia
Riña
Cultura babilónica
Código de Hammurabi

Pagar los gastos médicos
Si alguno toca a otro en riña y le ocasiona una herida, jure “no le herí con intención” y pague al médico.
Código Civil del D.F.
Art. 129: Al que prive de la vida a otro en riña se le impondrá de 4 a 12 años de prisión si se trata del provocador y de 3 a 7 años si se tratare del provocado.
Art. 130: "Lesiones" Al que cause a otro un daño o alteración en su salud se le impondrán:
I.- De 30 a 90 días de multa si las lesiones tardan en sanar menos de 15 días…
Daños ocasionados por ganado bovino de tu propiedad
Cultura babilónica

Código de Hammurabi
Indemnización
Si el buey de alguno es peligroso y el propietario, sabiéndolo, no le hace cortar los cuernos y deja de atarle, y el buey hiere a un libre y le mata, pague el dueño media mina de plata
Código Civil Mexicano
Artículo 1929. El dueño de un animal pagará el daño causado por éste, si no probare alguna de estas circunstancias:
Que lo guardaba y vigilaba con el cuidado necesario;
Que el animal fue provocado;
Que hubo imprudencia por parte del ofendido;
Que el hecho resulte de caso fortuito o de fuerza mayor.
Incesto
Cultura babilónica
Código de Hammurabi
(Siglo XXIII a. de C.)
Venganza privada
Exilio
"Si un señor [hombre de alto rango] se ayuntare con su hija, harán salir a tal señor de la ciudad.".
Código Civil del Estado de Sinaloa.
Artículo 248. Se impondrá pena de 2 a 8 años de prisión. La pena aplicable para los descendientes será de 1 a 5 años de prisión. Esta misma será para el incesto entre hermanos.
calumnia
Cultura Babilónica
Código Hammurabi
Muerte
"Si un hombre ha acusado a otro hombre y le ha atribuido un asesinato y éste no ha sido probado en su contra, su acusador será condenado a muerte."
Sin vigencia,

El Diario Oficial de la Federación (12 de abril de 2007) acuerdo por el que se derogó la calumnia, difamación y la injuria del Código Penal Federal.
Conducta inapropiada
Cultura China

Cinco penas
(se remota a tiempos inmemoriales)
Golpes con palo de bambú
Sin infringir un artículo especial de la ley, es culpable de llevar una conducta reprensible y contraria al espíritu de la ley, recibirá cuarenta golpes de bambú por lo menos.»
Multa mínima, por infringir al bando de policía y buen gobierno.
Robo
Cultura china
Cinco penas
(se remota a tiempos inmemoriales)
Estrangulación
Esta pena se aplica a los homicidas, a los ladrones a mano armada y a los incendiarios.
Artículo 370. .- Cuando el valor de lo robado no exceda de cien veces el salario, se impondrá hasta dos años de prisión y multa hasta de cien veces el salario.
Cuando exceda de cien veces el salario, pero no de quinientas, la sanción será de dos a cuatro años de prisión y multa de cien hasta ciento ochenta veces el salario.
Cuando exceda de quinientas veces el salario, la sanción será de cuatro a diez años de prisión y multa de ciento ochenta hasta quinientas veces el salario. (CPF)
Rapto
Cultura Occidental
Código Mosaico.
Época de la divinidad (Israel, s. XIV a.C.)
Muerte
“El que secuestre a una persona, ya sea que la haya vendido o que aún la tenga en su poder, será condenado a muerte (Ex. 21, 16).
Artículo 364. Se impondrá de seis meses a tres años de prisión y de veinticinco a cien días multa:
Al particular que prive a otro de su libertad. Si la privación de la libertad excede de veinticuatro horas, la pena de prisión se incrementará de un mes más por cada día.
La pena de prisión se aumentará hasta en una mitad, cuando la privación de la libertad se realice con violencia, cuando la víctima sea menor de dieciséis o mayor de sesenta años de edad, o cuando por cualquier circunstancia, la víctima esté en situación de inferioridad física o mental respecto de quien la ejecuta. (CPF)
Blasfemia
Cultura Occidental
Código Mosaico.
Época de la divinidad (Israel, s. XIV a.C.)
Lapidación
“Saca fuera del campamento al que invocó el mal;  y todos los que le oyeron tienen que poner sus manos sobre la cabeza de él, y la asamblea entera tiene que lapidarlo. (Le 24:14, 16, 23)
Sin vigencia en el derecho penal mexicano, solo en la parte religiosa.
Adulterio
Cultura Occidental
Código Mosaico.
Época de la divinidad (Israel, s. XIV a.C.)
Muerte
Un hombre que comete adulterio con la esposa de otro hombre es uno que comete adulterio. Con la esposa de su semejante. Él debe ser muerto sin falta, el adúltero y también la adúltera. (Le 20:10; Dt 22:22)
Sin vigencia en el Derecho Penal Mexicano, solo en la parte religiosa.
Homicidio
Cultura Occidental
Código Mosaico.
Época de la divinidad (Israel, s. XIV a.C.)
Pena de muerte o ley del talión
Homicidio con intensión su sanción era la muerte y si el homicidio era sin intensión se aplicaba la ley del talión.
Artículo 310. .- Se impondrá de dos a siete años de prisión, al que en estado de emoción violenta cause homicidio en circunstancias que atenúen su culpabilidad. Si lo causado fueren lesiones, la pena será de hasta una tercera parte de la que correspondería por su comisión. (CPF)
Rapiña
Cultura romana
XII tablas
s.V a. de C.
Resarcimiento del daño.
Condena al cuádruplo del valor del daño causado
Este delito, calificado a veces de rapiña, contenía los mismos elementos del furtum o del demnum injuria datum.
Artículo 367. .- Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley. (CPF)
Daño causado injustamente
Cultura romana
XII tablas

Reparación del daño
“Si un hombre encuentra a una muchacha virgen y sin compromiso de matrimonio, y la obliga a acostarse con él, y son descubiertos, entonces el hombre tendrá que entregar al padre de la joven cincuenta monedas de plata; y, como la ha deshonrado, tendrá que tomarla por mujer y no podrá divorciarse de ella en toda su vida” (Dt. 22, 28-29).
Artículo 260. .- Al que sin el consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto sexual o la obligue a ejecutarlo, se le impondrá pena de seis meses a cuatro años de prisión.

Si se hiciere uso de la violencia física o moral, el mínimo y el máximo de la pena se aumentarán hasta en una mitad. (CPF)
Incendio provocado
Cultura romana
XII tablas
s.V a. de C.
muerte a través de crematio
Los delitos cometidos contra la sociedad agrícola como ocurría en un incendio provocado intencionalmente.
Artículo 397. .- Se impondrán de cinco a diez años de prisión y multa de cien a cinco mil pesos, a los que causen incendio, inundación o explosión con daño o peligro de:
Un edificio, vivienda o cuarto donde se encuentre alguna persona; ropas, muebles u objetos en tal forma que puedan causar graves daños personales; Archivos públicos o notariales; Bibliotecas, museos, templos, escuelas o edificios y monumentos públicos, y montes, bosques, selvas, pastos, mieses o cultivos de cualquier género. (CPF)
Falta de Respeto a los padres
Prehispánico
Código penal de Netzahualcóyotl
Muerte al hijo
Existía la pena de muerte para el que faltara al respeto a sus padres,
No se encuentra vigente en el Código Penal Mexicano
para los jueces que sentenciaran injustamente o contra la ley (Prevaricato)
Prehispánico
Cultura maya
Código penal de Netzahualcóyotl
Muerte
La muerte era la sanción para los jueces que sentenciaban injustamente al acusado de cierto delito.
Artículo 231. .- Se impondrá de dos a seis años de prisión, de cien a trescientos días multa y suspensión e inhabilitación hasta por un término igual al de la pena señalada anteriormente para ejercer la profesión, a los abogados, a los patronos, o a los litigantes que no sean ostensiblemente patrocinados por abogados, cuando cometan algunos de los delitos siguientes:
Alegar a sabiendas hechos falsos, o leyes inexistentes o derogadas; y Pedir
Términos para probar lo que notoriamente no puede probarse o no ha de aprovechar su parte; promover artículos o incidentes que motiven la suspensión del juicio o recursos manifiestamente improcedentes o de cualquiera otra manera procurar dilaciones que sean notoriamente ilegales.
A sabiendas y fundándose en documentos falsos o sin valor o en testigos falsos ejercite acción u oponga excepciones en contra de otro, ante las autoridades judiciales o administrativas; y

Simule un acto jurídico o un acto o escrito judicial, o altere elementos de prueba y los presente en juicio, con el fin de obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley.
Homicidio
Prehispánico
Cultura maya
Venganza Privativa
La muerte o indemnización por daño causado
Si matabas a alguien eras condenado a la muerte, pero si fue un homicidio casual, la sanción era indemnización por el daño causado, que consistía en un esclavo por víctima.
Artículo 307. .- Al responsable de cualquier homicidio simple intencional que no tenga prevista una sanción especial en este Código, se le impondrán de doce a veinticuatro años de prisión.
Artículo 308. .- Si el homicidio se comete en riña, se aplicará a su autor de cuatro a doce años de prisión.
Si el homicidio se comete en duelo, se aplicará a su autor de dos a ocho años de prisión.
Además de lo dispuesto en los artículos 51 y 52 para la fijación de las penas dentro de los mínimos y máximos anteriormente señalados, se tomará en cuenta quién fue el provocado y quién el provocador, así como la mayor o menor importancia de la provocación. (CPF)

(Unam, 2017) Unam. (08 de septiembre de 2017). 5. Historia Universal del Derecho Penal. Obtenido de http://v880.derecho.unam.mx/papime/IntroduccionalDerechoPenalVol.I/cinco-seis.htm

Camino del delito

jueves, 6 de abril de 2017

Fuentes del Derecho



¿Qué entiendes por fuentes del derecho?
Son normas o reglas impuestas por el Estado que rigen al individuo y a la sociedad, siendo el encargado de su aplicación y vigilancia de que se aplique y ejecute la sanción correspondiente.

Existen fuentes Reales que nacen de acuerdo a los acontecimientos de la sociedad propiciando el surgimiento de una nueva norma jurídica, por ejemplo: En la Ley Federal de Protección al consumidor se adhirió  el Capítulo VIII Bis  De los derechos de los consumidores en las transacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología., esto surge por la globalización en que vivimos emanado del comercio electrónico, para protección del vendedor y del consumidor.

Existen las Fuentes Históricas, son los medios materiales que nos permiten conocer cómo era el derecho positivo que estuvo vigente en el pasado. Por ejemplo las XII Tablas, El código Hammurabi y otros.

Así como las fuentes formales como son La ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina.

¿Por qué la única fuente para el Derecho Penal está constituida por la Ley (señalar 3 puntos)?
Porque emana del Estado, es general, abstracta, permanente y provista de una sanción.
 Es regla obligatoria por ser impuesta por el Estado y su observancia es asegurada mediante las sanciones.

Conocida también como principio de la reserva o legalidad.
-Principio de legalidad en sentido abstracto
-Principio de irretroactividad
-Principio de tipicidad.

¿Por qué la jurisprudencia no es la fuente del derecho, pero sí en cuanto a la interpretación de la norma?

Porque la interpretación de la Ley la Suprema Corte de Justicia de la Nación la realiza de acuerdo a principios, razonamientos y a criterio de los juzgadores los cuales los establecen en sus resoluciones, al interpretar las normas jurídicas, siendo obligatoria para la materia en que se resuelva.


Referencias Bibliográficas:

Campos Hernandez, J. G. (20 de 01 de 2014). Introducción al Derecho Penal. Recuperado el 04 de 04 de 2017, de CAPITULO 3.- FUENTES DEL DERECHO PENAL: http://jgcamposhdez.blogspot.mx/2014/02/capitulo-3-fuentes-del-derecho-penal.html
Hermosa, S. y. (s.f.). Ley Federal del Trabajo para embarazadas. Recuperado el 05 de abril de 2017, de http://www.sanayhermosa.com/2013/02/ley-federal-de-trabajo-para-embarazadas/
mexico, V. (s.f.). Información Jurídica Inteligente. Recuperado el 05 de abril de 2017, de Ejemplo Jurisprudencia Mexico: http://vlex.com.mx/tags/ejemplo-jurisprudencia-mexico-420751
Millan, D. (12 de 05 de 2013). Entrevista / Sufyan Elias K. Al-Hadithi / Recupera diplomático contacto con Bagdad. Recuperado el 05 de 04 de 2017, de V/lex méxico, Información Juridica Inteligente: http://reforma.vlex.com.mx/vid/sufyan-k-hadithi-diplomatico-bagdad-81956787?_ga=1.173112224.205398247.1477396022
Profeco. (s.f.). Ley Federal de Protección al Consumidor . Recuperado el 05 de Abril de 2017, de http://www.profeco.gob.mx/juridico/pdf/l_lfpc_ultimo_CamDip.pdf

martes, 21 de febrero de 2017

Sociedades por Acciones Simplificadas

Actividad 1 
Reflexionando a propósito de las sociedades por acciones simplificadas 

¿Cuáles son las principales características de la tradición romano-germánica del derecho?


 La familia Romano-Germánica 

Está íntimamente relacionada con el Sistema de derecho de la Antigua Roma. 
Es descendiente del derecho romano cuya evolución perfeccionaron. 

En la actualidad, el derecho romano-germánico se ha expandido en el mundo entero, debido en parte a la colonización y en parte a que la recepción fue facilitada por la Técnica Jurídica de la Codificación, el movimiento legislativo que se expresó en algunos países, favorece la aproximación al sistema romano-germánico de países como: China, Japón o algunos países de África, pero tan solo en algunas disciplinas del derecho (el derecho mercantil y el derecho penal). (S.) 

Son fuentes de Derecho:
La Constitución 
La Ley
La jurisprudencia 
La Costumbre
El Acto Jurídico
Los principios generales del derecho
La Doctrina 

Sus características: 
Se basa en la normativa emanada por los poderes legislativo y ejecutivo. 
Emanan normas dotadas de una legitimidad democrática.
La jurisprudencia se limita al ámbito de interpretación de la normativa vigente. 
El precedente jurisprudencial ha ido adquiriendo importancia en el derecho continental. 

¿Cuáles son las principales características de la tradición jurídica anglosajona? 

 El Common Law <Derecho Común o Derecho Consuetudinario>, vigente en la mayoría de los países de tradición anglosajona. 
Es un Sistema legal basado, primordialmente, en las decisiones adoptadas por los tribunales.
Está formado por un conjunto de normas no escritas y no promulgadas o sancionadas.
Se fundamenta, en el Derecho de carácter eminentemente jurisprudencial. 
Son las acciones o los procedimientos judiciales interpuestos ante los tribunales los que dan pie a las decisiones de los jueces que, a su vez crean el Derecho.

Fuentes del Common Law 

Pero, no solo del precedente vive el Common Law. Existen también otras fuentes creadoras de Derecho como son la ley (que, poco a poco, va ganando importancia), la costumbre y la doctrina.

Éstas son las principales fuentes del Derecho anglosajón: (Jurídica) 

1. Judicial Precedent o Case Law: similar a lo que nosotros llamamos jurisprudencia. 
2. Legislation o Statutory Law: las leyes, que pueden ser leyes parlamentarias (Act of Parliament) y disposiciones de tipo reglamentario y la legislación delegada (Delegated legislation) emanada del gobierno central o local, como las órdenes ministeriales (ministerial orders) y las ordenanzas municipales (local by-laws). 
3. Custom: la costumbre, como los usos mercantiles (law merchant) 
4. Books of authority: la doctrina. 

¿Cuáles son las implicaciones para el Derecho Mexicano al adecuarse a instituciones del sistema jurídico anglosajón? 

Al hablar del sistema jurisprudencial o de precedentes vinculativos en México debe hacerse especial mención al sistema angloamericano como antecedente de la jurisprudencia de México, a través del Common Law, el cual se caracteriza por un respeto al derecho escrito, como en los sistemas latinos, pero por una reverencia con una carga de reconocimiento y validez jurídica mayor hacia los precedentes judiciales.

Retoma del derecho angloamericano y del Common law, la fuerza cuasinormativa del precedente judicial como fuente material de derecho, así como su sentido de predicción del comportamiento judicial a partir de los fallado en casos pasados. (Rosales, 2009) 

De entre los aspectos negativos que los especialistas han señalado en la creación de este tipo de sociedad, ¿qué alternativas podrías vislumbrar para resarcir sus problemáticas y sostener hasta cierto punto, las ventajas que implica su promulgación?

La Ley General de Sociedades Mercantiles en su capítulo XIV denominado “De la sociedad por acciones simplificada” es claro y completo, considero que los vacíos que pueda contener son mínimos o nulos, ya que contempla en lo general y en lo individual los fundamentos jurídicos que rigen a las SAS. 

Creo que los aspectos negativos en general no son tan graves como los especialistas lo consideran, ya que desde que vas a tramitar tu FIEL quedan todos tus datos digitalizados, tu firma y todos tus documentos originales escaneados, es por eso que todos debemos ser responsables de lo que hacemos con nuestra firma electrónica, la tramitología en la creación de una empresa era bastante tardada y complicada además costosa. 

El lavado de dinero, y demás negocios turbios se dan hasta en las mejores empresas, esta modalidad beneficia a la creación de pequeñas y medianas empresas y nos deja a todos en igualdad de condiciones para competir en el ámbito comercial. 

Las alternativas que puedo ver serían al momento de tramitar tu FIEL, así como ciertos candados o claves únicas para los interesados desde una huella digital y al momento de detectar movimientos sospechosos enviar alguna alerta al accionista de la SAS. 



Referencias Bibliográficas: 

Jurídica, E. b. (s.f.). Introducción al Common Law. Obtenido de http://traduccionjuridica.es/que-es-el-common-law/
Rosales, E. G. (19 de julio de 2009). In Constitutional Law. Obtenido de Common Law y Jurisprudencia en Mexico: https://lawobservatory.wordpress.com/2009/07/19/common-law-y-jurisprudencia-en-mexico-otro-apunte-de-antecdentes-para-comprender-la-mecanica-de-aquella/
 S., Y. A. (s.f.). Estructura de la familia Romano-Germánica. Obtenido de Monografías.: http://www.monografias.com/trabajos103/estructura-familia-romano-germanica/estructura-familia-romano-germanica.shtml

La Responsabilidad Civil de los Servidores Públicos y la Patrimonial del Estado

Módulo 7 Procedimiento Administrativo . Unidad 2. El régimen de Responsabilidad y el Sistema Nacional Anticorrupción . Sesión 4 ...