Órganos Reguladores en la Responsabilidad Administrativa de los Servicios Públicos
Organigrama del
Órgano regulador en la Responsabilidad Administrativa de los Servidores
Públicos
Secretaría de la Función Pública
Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal
Artículo 37. A la
Secretaría de la Función Pública corresponde el despacho de los siguientes
asuntos:
III. Vigilar, en
colaboración con las autoridades que integren el Comité Coordinador del Sistema
Nacional Anticorrupción, el cumplimiento de las normas de control interno y
fiscalización, así como asesorar y apoyar a los órganos internos de control de
las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
IV. Coordinar y supervisar el sistema de control
interno, establecer las bases generales para la realización de auditorías
internas, transversales y externas; expedir las normas que regulen los
instrumentos y procedimientos en dichas materias en las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal y en la Procuraduría General de
la República, así como realizar las auditorías que se requieran en éstas, en
sustitución o apoyo de sus propios órganos internos de control;
Organigrama de la Secretaría de
Transparencia y Rendición de Cuentas del Estado de Sinaloa
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa
Artículo 20. Las Secretarías tendrán igual rango y entre ellas no
habrá relación de jerarquía.
Artículo
21. Al frente de cada Secretaría habrá un Secretario, quien, para el
despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará por él o los
Subsecretarios, Directores Generales, Directores, Subdirectores, Jefes y
Sub-Jefes de Departamento y por los demás funcionarios que establezca el
Reglamento Interior respectivo y otras disposiciones legales.
Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del
Estado de Sinaloa
Artículo 1°. - La presente Ley es
de orden público y tiene por objeto reglamentar las disposiciones contenidas en
el Título VI de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, en materia de:
I. Los sujetos de responsabilidad administrativa en
el servicio público estatal y municipal;
II. Los deberes de los servidores públicos en la
prestación de su servicio;
III. Las responsabilidades y sanciones de naturaleza
administrativa, disciplinaria y resarcitoria;
IV. La
competencia de las autoridades y procedimientos para la aplicación de
sanciones;
V. Y El registro patrimonial de los servidores
públicos.
Organigrama de la Sindicatura Procuraduría del Municipio de Escuinapa
estado de Sinaloa
Ley
de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa
Artículo
39.
El síndico procurador tendrá a su cargo la función de contraloría interna y la
procuración de la defensa de los intereses del ayuntamiento, y tendrá las
siguientes facultades y obligaciones:
IV.
Vigilar que la recaudación fiscal, los procedimientos administrativos y el
ejercicio de los recursos, se realicen conforme a las disposiciones normativas
aplicables en la materia, dictando las medidas preventivas de conformidad con
lo dispuesto por la reglamentación interior o de gobierno;
Reglamento
Interior de la Administración Pública Municipal de Escuinapa
Artículo
62.-
El Síndico Procurador, tendrá por objeto el fungir como órgano de vigilancia y
evaluación del desempeño de las distintas áreas del Ayuntamiento y para
promover la productividad y eficiencia, a través de la implantación de sistemas
de control interno, adecuado a las circunstancias, así como vigilar el
cumplimiento de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del
Estado de Sinaloa, por parte de los servidores públicos municipales.
¿En
qué actos u omisiones puede incurrir un servidor público?
Quienes violenten los
principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficacia que rigen
el Servicio Público (art. 7 LFRASP)
Cumplir el servicio que le sea
encomendado y abstenerse de cualquier
acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o
implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;
(Art.8 Fracc. I)
¿En
qué artículos se encuentra fundamentada su actuación?
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. Artículo 108. Para los efectos de las responsabilidades
a que alude este Título se reputarán como servidores públicos a los
representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial de la
Federación, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier
naturaleza en el Congreso de la Unión o en la Administración Pública Federal,
así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta
Constitución otorgue autonomía, quienes serán
responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus
respectivas funciones.
la
Ley de Responsabilidades Administrativas del Servicio Público
Artículo
8.-
I.-
Cumplir el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u
omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique
abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;
XII.-
Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones, de solicitar, aceptar o
recibir, por sí o por interpósita persona, dinero, bienes muebles o inmuebles
mediante enajenación en precio notoriamente inferior al que tenga en el mercado
ordinario, donaciones, servicios, empleos, cargos o comisiones para sí, o para
las personas a que se refiere la fracción XI de este artículo, que procedan de
cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o
industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por
el servidor público de que se trate en el desempeño de su empleo, cargo o
comisión y que implique intereses en conflicto. Esta prevención es aplicable
hasta un año después de que se haya retirado del empleo, cargo o comisión.
Fuentes
de Referencia:
Escuinapa, T. (22 de Febrero de 2018). Normatividad.
Obtenido de https://transparencia.escuinapa.gob.mx/#/normatividad
Sinaloa, G. d. (22 de
febrero de 2018). Secretaría de Transparencia y Rendición de cuentas. Obtenido
de Organigrama:
http://www.transparenciasinaloa.gob.mx/index.php?option=com_flexicontent&view=items&id=239&Itemid=367
Legislación:
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Sinaloa
la Ley de Responsabilidades
Administrativas del Servicio Público
Ley de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa
Ley de Gobierno Municipal del
Estado de Sinaloa
Reglamento Interior de la
Administración Pública Municipal de Escuinapa
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